PASOS BUROCRÁTICOS EN MADRID CAPITAL PARA CAMBIAR DE USO A TERCIARIO A RESIDENCIAL
Si tienes pensado comprar un local como inversión en Madrid capital, para transformarlo en vivienda, NO vivienda de uso turístico, eso lo veremos en otro post, sigue los siguientes pasos.
01
Verificar
Verifica que el local cumple con el artículo 7.3 del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM), referente al uso residencial. Si te da pereza leerte todo el artículo, en este post, te lo resumo.
02
Declaración Responsable o Licencia Urbanística
Solicitar Licencia Urbanística cuando:
- Pretenda cambiar un local a vivienda en edificaciones catalogadas o que dispongan de algún tipo de protección, o a elementos o partes objeto de protección,
- Para el resto de edificios, si necesita proyecto LOE, porque se produjera una variación esencial del conjunto del sistema estructural, también se presentará un solicitud de licencia urbanística
La documentación para presentar la solicitud está en el anexo III de la OLDRUAM
Presentar un Declaración Responsable cuando:
- En el resto de los casos, es decir, que el local a cambiar a vivienda no se se encuentre en un edificio catalogado ni que se modifique es sistema estructural del edificio donde se encuentre, bastará con presentar una Declaración Responsable.
La documentación para presentar la Declaración Responsable está en el anexo II.B de la OLDRUAM.
La presentación de la Declaración Responsable o la solicitud de la Licencia Urbanística podrá hacerse tanto directamente en el ayuntamiento como a través de una Entidad Colaboradora Urbanística.
03
Esperar a la concesión de la licencia.
En el caso de que tengas que solicitar una licencia urbanística, hay que esperar a que el ayuntamiento conceda la licencia para comenzar las obras. Esto puede demorar varios meses.
En el caso de que presentes una Declaración Responsable. puedes comenzar las obras desde el momento que registre la D.R. en el ayuntamiento.
04
Comenzar las obras
Un vez comenzadas las obras, el arquitecto que haya preparado la documentación o proyecto técnico, debe realizar la dirección facultativa de las obras, que no es más que hacer el seguimiento de las obras, visitando la misma una o dos veces a la semana.
05
Certificado final de obra
Este último paso es necesario porque una vez terminadas las obras, el arquitecto debe presentar en el ayuntamiento o en la Entidad Colaboradora Urbanística (ECU) el Certificado final de las obras, diciendo que se han realizado según el proyecto al que se le concedió la licencia de obra.
06
Visita de comprobación
Una vez presentado el Certificado Final de las Obras en el ayuntamiento de Madrid, pasará un inspector técnico del ayuntamiento para realizar una visita de comprobación de las obras y si todo se ha realizado según el proyecto, emitirá un informe favorable necesario para el siguiente paso.
07
DR Primera Ocupación
Con el informe favorable se presentará en el ayuntamiento la Declaración Responsable para la Primera Ocupación y funcionamiento, para lo que habrá que presentar el certificado final de las obras, la alteración catastral, el libro del edificio, la tasa correspondiente a los actos de comprobación de obras, entre otra documentación que exige el ayuntamiento.
Y una vez presentada esta declaración responsable ya tendrás el local comercial, de uso terciario, convertido en vivienda, es decir, uso residencial, con lo que podrás cambiarlo en el registro de la propiedad, en catastro y podrás también solicitar los servicios, como el agua, electricidad y gas.
Aunque el proceso puede llevar varios meses, no suele ser un proceso complicado.
Si quieres más información no dudes en contactarme o pedirme presupuesto de honorarios profesionales.